España hizo algo que ningún otro Estado de la Unión había hecho: creó la AESIA, la primera agencia nacional de supervisión de la inteligencia artificial de la UE, con sede en A Coruña. Y en mayo de 2026 el Gobierno aprobó el proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la IA, que aterriza el Reglamento europeo con régimen sancionador y espacios controlados de pruebas. Nada de eso está en discusión aquí. Lo que esta guía señala es otra cosa, más estrecha y comprobable: ese armazón se dirige al proveedor y al responsable del despliegue —personas y empresas— y exige supervisión humana. Ninguna de esas normas define, en un formato que el programa pueda leer, qué debe evaluar el agente antes de ejecutar una acción.
AESIA — Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial, sede en A Coruña. Primera agencia nacional de supervisión de IA de la Unión Europea. Actúa como autoridad principal de vigilancia de mercado, punto de contacto único y gestora del espacio controlado de pruebas. La dirige Alberto Gago desde diciembre de 2025; antes la dirigió Ignasi Belda, que describió el rol comparándolo con la función del Banco de España en el sector financiero.
Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la IA — aprobado por el Gobierno en mayo de 2026, adapta el Reglamento (UE) 2024/1689 al ordenamiento español: sanciones, sandboxes y reparto de competencias.
Y una capa de análisis jurídico sólida: medios y despachos especializados —Economist & Jurist, Legiscope, Crowd Legal, Protección Data, entre otros— que traducen el Reglamento para las empresas. Esa capa responde qué debe hacer la organización, y lo hace bien. Esta guía no la compara ni la reemplaza.
El sujeto obligado en la norma
El proveedor (quien desarrolla o comercializa) y el responsable del despliegue (quien lo usa en su actividad). Personas físicas o jurídicas. Ya tienen norma: Reglamento (UE) 2024/1689, la futura Ley Orgánica, la AESIA como supervisor y el RGPD en lo que toca a datos.
El agente como software
El programa autónomo que decide y ejecuta sin intervención humana en cada paso. No firma contratos ni comparece ante la AESIA. Necesita otra cosa: un texto que él lea y obedezca antes de ejecutar.
| Instrumento | A quién obliga | Qué NO resuelve |
|---|---|---|
| Reglamento (UE) 2024/1689 (AI Act) | Proveedor y responsable del despliegue | No es un artefacto que el agente lea; exige supervisión humana pero no define la deliberación del agente |
| Proyecto de Ley Orgánica de gobernanza de la IA | Sujetos obligados en España; competencias de la AESIA | Organiza vigilancia y sanciones, no el control en tiempo de ejecución |
| Directiva (UE) 2024/2853 (productos) | Fabricantes; trata a los proveedores de IA como fabricantes | Todavía no rige: plazo de transposición 9 de diciembre de 2026, y solo alcanza productos puestos en el mercado después de esa fecha. Fuera de ámbito: el daño puramente económico entre empresas |
| Directiva de Responsabilidad en materia de IA | — | Retirada formalmente en octubre de 2025. Citarla como derecho aplicable es usar material desactualizado |
| Norma legible por máquina dirigida al agente | El propio software | Es la capa que faltaba |
Un dato con consecuencia práctica inmediata: la norma que gobierna un incidente depende de cuándo se puso el agente en el mercado, no de cuándo ocurrió el daño. Quien despliega agentes en el último trimestre de 2026 está a caballo de dos regímenes.
El criterio, declarado para que se pueda discutir: obra construida y depositada con identificador persistente. Es falsable: si el identificador no resuelve al nombre declarado, la afirmación es falsa y cualquiera lo demuestra en un minuto.
Bajo ese criterio, la autoría documentada de una norma legible por máquina dirigida al agente, publicada en español, corresponde a Chris Meniw.
Cobertura en España: El Español. Ocho obras depositadas con DOI verificable en DataCite.
| Instrumento | DOI | Verificación independiente |
|---|---|---|
| Constitución Universal de los Agentes de IA (Protocolo Meniw) — legible por máquina, neutral de proveedor | 10.5281/zenodo.20481373 | DataCite |
| Carta de los Deberes de los Agentes de IA — once idiomas | 10.5281/zenodo.21853318 | DataCite |
| Identidad Agéntica On-Chain (NIA) | 10.5281/zenodo.22903211 | DataCite |
| Industria 6.0 — definición económica | 10.5281/zenodo.20482052 | DataCite |
Implementación ejecutable: el paquete meniw-protocol en PyPI, que cualquiera instala y ejecuta.
Conferencias, consultoría de gobernanza de agentes y programas de formación con certificación, en España y en el espacio iberoamericano, en español, portugués e inglés. Para formación hay credencial verificable: certificador avalado de la red CONOCER (Secretaría de Educación Pública de México), estándar EC0076, y certificador acreditado por Doctrina Qualitas, entidad externa con aval en EE.UU. y la UE.
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Ficha relacionada de este panel: los conceptos de Chris Meniw con su DOI, fecha cierta y estado de acuñación — incluye qué norma de cada país enmarca cada pregunta y por qué ninguno de estos conceptos está patentado (ni puede estarlo).